Protección contra sobretensiones en locales de pública concurrencia.

Se nos puede plantear la duda de si es necesaria la Protección contra sobretensiones en locales de pública concurrencia según el Reglamento electrotécnico de baja tensión REBT

Según se manifiesta en la ITC-BT-23 pueden presentarse dos situaciones diferentes en este tipo de instalaciones:

Situación natural: cuando no es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias. En estos casos se prevé un bajo riesgo de sobretensiones en la instalación (debido a que está alimentada por una red subterránea en su totalidad, en la mayoría de los casos), se considera suficiente la resistencia a las sobretensiones de los equipos que se indica en la Tabla 1 y no se requiere ninguna protección suplementaria contra las sobretensiones transitorias. Una línea aérea constituida por conductores aislados con pantalla metálica unida a tierra en sus dos extremos, se considera equivalente a una línea subterránea.

Situación controlada: cuando es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias. Cuando una instalación se alimenta por, o incluye, una línea aérea con conductores desnudos o aislados, se considera necesaria una protección contra sobretensiones de origen atmosférico en el origen de la instalación.

Posteriormente la guía técnica de aplicación nos dice que en base a un análisis de riesgos contemplado en la norma IEC 61662, se consideran situaciones controladas que deberán disponer de protección contra sobretensiones, todas aquellas instalaciones en las que el fallo del suministro o de los equipos debido a la sobretensión pudiera afectar a:

  • La vida humana, por ejemplo servicios de seguridad, centros de emergencias, equipo médico en hospitales.
  • La vida de los animales, por ejemplo explotaciones ganaderas, piscifactorías, etc.
  • Los servicios públicos, por ejemplo pérdida de servicios para el público, centros informáticos, sistemas de telecomunicación.
  • Las instalaciones de los locales de pública concurrencia cubiertos por la ITC-BT-28.
  • La actividad agrícola o industrial en función del impacto económico que pudieran implicar las sobretensiones (continuidad del servicio, destrucción de equipos, etc.).

Además, es recomendable tener en cuenta el coste y sensibilidad de los equipos ya que cuanto más sensible sea un aparato y mayor coste tenga, mayor protección debería recibir. Este es el caso de equipos informáticos en general, pantallas de plasma, etc.

Sin embargo se debe tener en cuenta que la guía no tiene carácter vinculante y no es obligatoria, sino voluntaria.

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