Instalación Eléctrica de Baja Tensión en Garaje

Con respecto a una instalación eléctrica de Baja Tensión en garaje, diremos que se encontrarán emplazadas en la ITC-BT-29 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión como emplazamientos peligrosos Clase I. 

Esta ITC sitúa a la instalación eléctrica de Baja Tensión en Garaje como locales con riesgo de incendio o explosión, aunque es recomendable realizar un estudio utilizando la norma UNE-EN 60079-10 para determinar si se pueden distinguir zonas en las que exista o no una atmósfera explosiva.

Así podremos determinar un volumen o zona peligrosa y otra zona que quedará "desclasificada"; en la primera, la instalación deberá cumplir las condiciones que se establecen en la ITC-BT-29; mientras que en la segunda, la instalación será convencional. Para conseguir determinar el volumen o zona peligrosa en el emplazamiento es fundamental tener en cuenta la ventilación existente (que sea natural o forzada), disponibilidad, cuantía, etc. En líneas generales, una buena ventilación hará que la zona peligrosa sea menor, con lo que sería posible evitar el empleo de elementos con características concretas para atmósferas explosivas, dispositivos antideflagrantes, tubo de acero, etc., lo cual, sin duda, abaratará la instalación.

El Real decreto 314/2006, de 17 de marzo de 2006, por el que se aprueba el CTE, fija los parámetros y las condiciones de ventilación que deben de cumplir los garajes, siendo estas condiciones para evitar intoxicaciones mucho más rigurosas que las necesarias para evitar mezclas explosivas debidas al monóxido de carbono o a los posibles derrames de combustible, por lo que, ventilado el garaje para evitar intoxicaciones desaparece el riesgo de incendio o explosión.

En consecuencia y con independencia de cómo se realice la instalación eléctrica, se debe exigir que los garajes tengan la adecuada ventilación que exige el CTE, para una vez garantizada ésta, justificar fácilmente que no existe el correspondiente riesgo (desclasificación).

Una vez desclasificado, las instalaciones eléctricas de baja tensión en garajes pueden ser totalmente convencionales, a salvo de los requisitos que deban cumplir como locales de pública concurrencia, cuando lo sean. Por todo ello, se debe exigir que los garajes tengan la adecuada ventilación aún cuando no sean desclasificados.

Los garajes públicos como locales de pública concurrencia, salvo que tengan ventilación natural, dispondrán de suministros complementarios al menos para alimentar los extractores de aire cuando el número de plazas de aparcamiento supere los 100 vehículos.

En todos los garajes de más de 25 vehículos no incluidos en el párrafo anterior se deberá también disponer de suministro complementario para este mismo fin, o, alternativamente, de una señal acústica que indique la falta de corriente o cualquier otro fallo en el sistema de ventilación. Los conductores que alimenten los extractores serán de características adecuadas de protección contra el fuego (AS+) cuando pasen por los garajes. Los extractores deberán aguantar una temperatura de 400 ºC durante 90 minutos como mínimo.

Todos los aparcamientos deberán disponer de los correspondientes alumbrados de emergencia.

Fuente: Plantillea.

1 comentario

ADMINISTRACIÓN DE FINCAS GONZALEZ Y ELIAS

ADMINISTRACIÓN DE FINCAS GONZALEZ Y ELIAS

Necesitamos presupuesto para un garaje de 188 plazas en C/ Fernando Delgado 2 garaje. de Madrid. Actualización de la instalación eléctrica según normativa actual de baja tensión y que permita la instalación de puntos de cargas para coches eléctricos antes del 19/11/21 ya que tenemos un reunión de comunidad.
Muchas gracias y saludos cordiales

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